que-es-una-atoQueremos explicar de forma muy simplificada qué es una ATO y la importancia de formarse en ellas, porque solamente las Organizaciones de Formación Aprobadas ofrecen información, garantía y formación de calidad que permite acreditar conocimientos teóricos y ante la AESA.

Precisamente, la AESA publica un listado con las organizaciones de entrenamiento aprobadas, y que podéis consultar aquí.

 

 

¿Qué es una ATO ? (Approved Training Organisation)

Es una Organización de formación aprobada, es decir calificada para obtener o mantener una aprobación que le permite impartir formación relacionada con las licencias de piloto y las habilitaciones y los certificados correspondientes.

Estas Organizaciones han sometido a supervisión su Sistema y/o Manual de Gestión, el Manual de Formación y el programa de los cursos a impartir además de su propio Manual de Operaciones. Deben disponer de aquellas aeronaves de acuerdo con el curso o formación que vayan a impartir, así como de instalaciones que cumplen las características necesarias para permitir la instrucción en las aeronaves correspondientes.

Las ATO tienen una organización y estructura interna que debe contar con un Jefe de Enseñanza – HT y con instructores profesionales con las licencias y habilitaciones o certificados correspondientes para los cursos que van a impartir de acuerdo con la normativa vigente.

Registros

Toda ATO sin excepción debe disponer de registros que contengan detalles de la formación en tierra y en vuelo, informes detallados y periódicos de los progresos de los instructores, que incluyen también evaluaciones y ensayos periódicos. Además de disponer de un registro de las licencias habilitaciones y certificados de los alumnos que indiquen las fechas de caducidad de los certificados médicos y habilitaciones.

Formación a distancia

Podrán impartir formación a distancia si disponen de un elemento de instrucción en aula en todas las materias de los cursos no inferior al 10% de la duración del curso y disponiendo de instalaciones adecuadas. A tales efectos deberán presentar los cursos en cualquiera de los formatos disponibles (tecnología de la información, formato disponible tecnológicos disponibles, materiales remmitidos por correo electrónico o postal, etc) y dispondrán de unos registros que demuestren el progreso académico y el cumplimiento de los tiempos establecidos en la normativa vigente, además de proporcionar una guía del curso, recomendaciones sobre la estructura y orden a seguir así como pruebas de progreso por cada materia.

 

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