La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha puesto a disposición de los operadores de operaciones no comerciales con aeronaves propulsadas complejas (Aviones y helicópteros) un portal para poder presentar la declaración responsable que es obligatoria para poder operar a partir del 25 de agosto de 2016.

Además de la declaración responsable el operador de este tipo de aeronaves debe disponer de una lista de equipo mínimo (MEL) aprobada y obtener, en el caso de ser necesario, las aprobaciones especiales de la Parte SPA del Reglamento (UE) 965/2012 (p.ej.: RVSM, MNPS) necesarias para realizar estas operaciones a partir del 25 de agosto de 2016.

El artículo 5 del Reglamento (UE) 965/2012 establece que aquellos operadores que deseen realizar operaciones no comerciales con aeronaves propulsadas complejas deben presentar una declaración responsable con toda la información pertinente antes del inicio de las operaciones. El operador debe de notificar a AESA sobre cualquier modificación de la información contenida en la declaración, así como del cese de sus operaciones.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea ha puesto a disposición de los operadores un portal en el cual podrán cumplimentar y presentar la declaración responsable de dos maneras distintas: con certificado electrónico y a través del Registro de AESA, siendo necesario en este segundo caso que el operador debe entregar dos copias de la declaración, de las cuales una será para AESA y la otra deberá ser conservada por el operador como justificante de la presentación de la misma, y, una vez presentada la declaración el operador quedará habilitado para realizar operaciones no comerciales.

Enlace para cumplimentar la declaración responsable: http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/noticias_revista/noticias/ncc_nco.aspx