El pasado sábado 13 de febrero se publicó en el BOE la resolución de la Subsecretaría de Fomento por el cual se aprueba la Carta de Servicios de Licencias del Personal Aeronáutico de Vuelo de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Las cartas de servicios, según expresa en su capítulo III el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, son documentos que constituyen el instrumento a través del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado informan a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados, sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los compromisos de calidad en su prestación.

La División de Licencias del Personal Aeronáutico está integrada en la Dirección de Seguridad de Aeronaves y entre los servicios que presta está la obtención de licencias y de habilitaciones de vuelo, y todas las gestiones asociadas al mantenimiento de las mismas. También, a través de la sede electrónica se puede obtener la Nota Informativa y el Informe Histórico sobre la licencia de vuelo con código de comprobación documental y revalidar las habilitaciones con firma electrónica.

En la Carta de Servicios de Licencias del Personal Aeronáutico de Vuelo se pueden encontrar los compromisos de calidad que adquiere la Agencia con los usuarios, entre los que está la actualización en la web de la modificación de cualquier normativa relacionada con los mismos.

Además, se comprometen a tramitar en un máximo de 20 días la documentación necesaria para obtener la primera licencia de vuelo o certificado de Tripulante de Cabina de Pasajeros, las habilitaciones o las gestiones asociadas al mantenimiento de licencias, certificados y habilitaciones, siempre y cuando se presente la documentación adecuada y no haya que subsanar ningún requisito.

La AESA considera fundamental conocer de primera mano la opinión de todos los usuarios, ya que es la manera de detectar problemas de funcionamiento o áreas de mejora, y lo que permitirá adoptar iniciativas para mejorar la calidad de los servicios. Por ello, pone a disposición de usuarios y ciudadanos el servicio quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la Agencia.

Adjuntamos enlace a la Carta de Servicios http://www.seguridadaerea.gob.es/media/4482179/a-dsa-cser-02_licencias_triptico.pdf